Políticas de servicio, devoluciones y reembolsos
1.- Normativa suministro de butano
En cuanto a las condiciones y derechos del usuario, establecidas por el reglamento de la actividad de distribución de GLP (Real Decreto 1085/1992 de 11 de septiembre) y las órdenes ministeriales que las desarrollan. Como básicas podemos citar los siguientes artículos que establecen la obligación de tener una póliza de suministro y el derecho al suministro a domicilio dentro del plazo legal establecido:
Artículo 24 Suscripción de contrato de suministro
Las empresas suministradoras de G.L.P. no podrán iniciar ningún suministro si previamente el usuario, cualquiera que sea el destino del gas, no suscribiera el correspondiente contrato de suministro de gases licuados del petróleo.
El suministro de G.L.P. a granel y envasado se ajustará, en todo caso, a las normas del presente Reglamento.
Artículo 25 Obligación de suministro
- Las empresas suministradoras de G.L.P. deberán efectuar el suministro a todo peticionario del mismo, y su ampliación a todo abonado que lo solicite, siempre que el lugar donde deba efectuarse la entrega del gas se encuentre comprendido en el ámbito geográfico de la autorización otorgada.
Si alguna empresa suministradora de G.L.P. negara el suministro del gas a cualquier peticionario, éste podrá dirigirse al órgano territorial competente que comprobará si tiene fundamento tal negativa y resolverá en consecuencia. La empresa suministradora deberá informar al peticionario de este derecho, en caso de negativa de suministro.
- Los plazos de entrega del G.L.P. a granel se regirán por las estipulaciones contractuales entre suministrador y usuario. En cuanto al suministro efectuado en botellas o envases, los usuarios que hubieran contratado dicho abastecimiento tendrán derecho a que el gas les sea facilitado en su propio domicilio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud, no computándose las de días inhábiles.
Normativa Agencia Catalana de Consum:
http://consum.gencat.cat/es/recomanacions/subministraments-basics/gas/buta
2.- Precios butano
La legislación aplicable a la distribución de GLP envasado establece que el butano y el propano en envase tradicional de 12,5 kg y 11 kg respectivamente queda fijado por la Administración del Estado mediante Órdenes Ministeriales que se actualizan bimensualmente. Dicho precio incluye los costes de puesta a disposición del envase al usuario y el servicio de reparto domiciliario en las condiciones reglamentarias (ver artículo 25 del reglamento en normativa en cuanto a los plazos de entrega).
En el resto de los envases el precio es libre y por lo tanto es el operador y no la Administración el que establece su precio.
Para conocer el precio actual acceder a las pagina de precios oficiales de Repsol a través del siguiente enlace:
https://www.repsol.es/es/productos-y-servicios/gas-butano-propano/productos/precios/index.cshtml
Nota: la recepción en domicilio del envase a precio regulado exige al usuario estar disponible para la entrega del envase en la puerta de su domicilio las 48 horas siguientes a su solicitud, ampliándose este plazo con los festivos que hubiese en el plazo.
3.- Formas de pago de los pedidos de butano
El pago de los pedidos realizados directamente a la Agencia Clipagás Logística (93 3175 916) o al Call Center de Repsol Butano (900 321 900) se realizará a contra reembolso en efectivo al repartidor.
En los pedidos realizados en la APP PideTuBombona existe la opción de pago en efectivo a contra reembolso o mediante tarjeta de crédito.
4.- Política de devoluciones butano
Una bombona una vez desprecintada no se puede devolver.
En el caso de un pedido Pagado Online y suministrado por la Agencia Clipagás Logística S.L. el usuario puede solicitar la devolución del importe por email (agencia@clipagas.com) indicando datos de usuario, dirección de suministro y referencia de pedido de la APP PideTuBombona. La Agencia una vez comprobado que el pedido efectivamente no se ha entregado procederá a la devolución del importe del pedido en la tarjeta de crédito que se utilizó al realizar la compra.
En el caso de error en el cobro de un pedido realizado presencialmente en la Agencia Clipagás Logística, por email, llamando el teléfono de atención al cliente (933 175 916), mediante la APP Pide tu Bombona o mediante llamada telefónica al Call Center de Repsol (900321900) la Agencia se hace responsable de la devolución del importe del pedido. Puede comunicarnos la incidencia por email agencia@clipagas.com.
El intercambio de bombonas vacías por llenas que solicite el usuario directamente al repartidor no queda cubierta por este apartado de devoluciones.
5.- Complementos al precio del butano
Clipagas Logística ofrece un servicio de manipulación, que solicitado y aceptado voluntariamente por el cliente la Agencia o al Repartidor, se cobrará de forma suplementaria al precio del butano.
El servicio de manipulación comprende todo aquel servicio que extralimite lo dispuesto reglamentariamente como precio regulado.
Ejemplos de Manipulación:
- Entrega del envase dentro del domicilio del cliente.
- Retirada de envases de dentro del domicilio del cliente.
- Ayuda en la colocación de envases (ya sea en el domicilio o en un automóvil o caravana).
- En el caso de locales donde se ubiquen negocios, la colocación de los envases en las instalaciones o en los almacenes interiores de los locales o en las zonas de especialmente habilitadas en el interior de los locales, o incluso en otros locales cercanos o adyacentes.
- Cualquier otro servicio adicional que solicite el cliente y no quede cubierto por la normativa regulatoria.
Recargo por manipulación:
- El recargo por el servicio de manipulación es de 1,40 € más IVA (PVP 1,69 €)
- Averías de bombonas de butano/propano
Si existiera algún problema en el uso de la bombona una vez recepcionada por el usuario, como por ejemplo no encaja el regulador o no sale gas, se puede comunicar la incidencia como avería al teléfono de Repsol 900 321 900 donde se abrirá un parte que se pasará al servicio oficial OXF S.L. para su resolución lo antes posible.
7.- Propinas
La muy habitual propina al repartidor de butano, aun siendo una tradición en el sector por el duro trabajo que realiza, es voluntaria y en ningún caso obligatoria.
8.- Venta online de gasodomésticos.
El pago le pedido se realizará directamente en La Agencia, mediante transferencia bancaria o mediante contra rembolso al personal del Servicio Oficial que realizará la entrega e instalación de la estufa o cocina solicitada.
El Servicio oficial OXF S.L. acordará con el cliente la entrega de los productos solicitados en la tienda online. El plazo usual de estrega es de 72h.
En el precio está incluido el transporte e instalación.
En el precio del gasoproducto no está incluido el coste de la goma y el regulador en el caso que sea necesario.
El usuario puede devolver el gasoproducto en un plazo de 2 semanas si no está satisfecho y dispone de una garantía de 2 años por parte de la Agencia en el caso de tener algún problema con el producto durante este periodo.
9.- Alquiler de estufas de exterior
El alquiler comporta la entrega de las estufas de exterior ,transporte , montaje, verificación del uso y condiciones de seguridad, explicación del funcionamiento, desmontaje y recogida al acabar la temporada.
El arrendatario asume la reparación de las averías o desperfectos tos causados por uso negligente como por ejemplo la rotura de cristales.
DURACIÓN
La duración del contrato de alquiler se establece por temporada desde la firma del mismo, prorrogable tácitamente por años completos mientras no se indique lo contrario con 15 días de antelación. Igualmente, cualquier de las partes podrá desistir del contrato libremente, sin que se derive penalización alguna, con un aviso previo de 15 días. En tal caso el arrendatario facilitará al arrendador la retirada de los equipos.
EXCLUSIVIDAD EN EL COMBUSTIBLE
El establecimiento se obliga a utilizar el combustible suministrado por REPSOL BUTANO en exclusiva en los equipos objeto del presente contrato en el periodo de duración del presente contrato.
Para ello firma el correspondiente contrato de suministro de gas envasado .
E l incumplimiento de esta exclusividad, facultará al Arrendador para resolver inmediatamente el contrato y proceder a la retirada de los equipos suministrados , con una penalización, en este caso de 50€ . En caso de no facilitar el arrendatario la retirada de los equipos por el arrendador, se devengará en su contra una penalización adicional de 50 euros diarios por el tiempo que transcurra hasta la efectiva retirada.
INSTALACIÓN , MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN.
El establecimiento recibe la/s estufa/s en perfecto estado de conservación y mantenimiento, obligándose el Arrendatario a realizar el mantenimiento normal que precise dicho equipo durante toda la duración del contrato y a su devolución íntegra (con todos los elementos ensamblados) al Arrendador al término del mismo. El establecimiento se obliga a conocer y usar adecuadamente los aparatos de consumo con las normas técnicas y de seguridad vigentes, debiendo asesorarse, si así lo estima conveniente por el personal especializado de arrendador .
PLAZOS DE ENTREGA .
Los plazos de entrega está sujetos a la disponibilidad de las estufas solicitadas. En el caso de tenerlas es stock el plazo usual de entrega es de 72h.
SEGUROS.
El Arrendador no responde de los daños a terceros y/o responsabilidad civil derivados del uso de la estufa, accesorio o equipo, dada su utilización y manejo por parte del personal ajeno al Arrendador , siendo en consecuencia responsabilidad del establecimiento la cobertura de dichos riesgos, y en cualquier caso, el abono de cuantos daños o indemnizaciones se devenguen como consecuencia de su utilización. El establecimiento (arrendatario) está obligado a responder del valor de reposición, por robo, hurto, sustracción o menoscabo de cualquier tipo que sufrieran las estufas.
FACTURACIÓN Y PAGO.
La factura del presente contrato se emitirá en el momento de la entrega de los equipos y se pagará de forma previa a la entrega de las estufas.
La cuota de alquiler está establecida como una cuota única anual al inicio del contrato.
RESOLUCION DEL CONTRATO.
El incumplimiento por parte de arrendatario en cualesquiera de sus obligaciones, en especial las de pago, mantenimiento y conservación, y uso del consumible, facultará al arrendador a resolver de pleno derecho el presente contrato, quedando en poder del mismo cuantas cantidades hubiese satisfecho el arrendatario hasta la fecha, y sin perjuicio del abono del 100% del importe de las penalizaciones pendiente de pago, importe que podrá incrementarse por cuantos daños hayan sufrido los equipos .
FUERO
Para cuantas cuestiones pudieran surgir en la interpretación y/o desarrollo del presente contrato, las partes, con renuncia al fuero pro pio que pudieran corresponderles, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona.